Ordenanzas

En cuanto a las ordenanzas de la comunidad, no es hasta el 17 de marzo de 1842 cuando se aprueba el primer proyecto de régimen de gobierno de las aguas, formado por 13 paginas de tamaño folio con 116 artículos.

Más tarde allá por el año 1852, con el tiempo y la practica diaria, se evidenciaba la necesidad de tomar acuerdos y reformar ciertos artículos, de ahí que en 1853 se emprendiera la necesaria reforma e impresión del que podríamos considerar documento base que rigiera las pautas de comportamiento de los administrados, acordando la impresión de las mismas con la autorización del señor Gobernador Civil en octubre de ese mismo año. Con el tiempo y los cambios políticos experimentados en la sociedad española, en tiempos de la Primera república, las ordenanzas sufrieron ciertas reformas que se plasman en el “Apéndice á las Ordenanzas del Canal de Riego del Río Turia” añadidas al final de la edición de las mismas correspondiente al año 1858.
Con posterioridad, en 1952 se imprime una nueva edición de las ordenanzas que recogen las redactadas antes de 1858, el apéndice posterior y la adhesión de los terrenos de francos del territorio de Alfafar.

Con los nuevos tiempos democráticos, empezaba a ser necesaria una nueva reforma de las ordenanzas para adaptarlas a los tiempos que corrían, en 1988 se hace un primer intento y se quiere empezar por eliminar la figura del Gobernador Civil de la Provincia como Presidente nato de la Comunidad. En la Junta General de 1996 se aprueba la reforma de las Ordenanzas para adecuarlas a la Ley de Aguas de 1995 y crear el Jurado de Riegos de la Comunidad, facultad que hasta ese momento ejercía el Tribunal de las Aguas de la Vega de Valencia, siendo aprobadas las nuevas ordenanzas el 25 de mayo de 1999 en Junta General Extraordinaria a tal efecto y ratificadas por el Comisario de Aguas el 29 de diciembre de ese mismo año.